La Calle |
| Año V. / | |||||
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¿Por qué la República? Es habitual que cuando se habla de la transición política en España se olvide cuál era la forma de gobierno que tenía el sistema democrático español anterior a la dictadura de Franco. Así, cuando se produce el golpe militar del 18 de Julio de 1936 contra el gobierno legítimo y democrático que en ese momento existía en España, la forma política del Estado era la República y no la monarquía. Sin embargo, tras la dictadura franquista no sólo no se reinstauró el régimen legítimamente democrático violentado por el golpe de Estado del 18 de Julio, sino que además se coartó a los españoles la posibilidad de elegir libremente la forma de gobierno del Estado, tal y como sí pudieron hacer italianos y griegos tras la segunda guerra mundial en 1946. Tras cuarenta años de terror bajo la dictadura de Franco, los españoles estaban ante todo deseosos de libertad. Y votar a favor de la Constitución era votar a favor de la libertad; pero los ciudadanos no se pararon a pensar si este artículo era bueno o este otro malo. En ese caso, muchos españoles hubieran considerado extraordinariamente bueno el artículo 47 relativo a la vivienda (no sé que pensarían muchos ciudadanos ahora si alguien les hablara de introducir un artículo sobre el derecho a una vivienda digna en una hipotética nueva Constitución) y seguro que otros tantos -por el contexto de la dictadura de la que acaban de salir- hubieran tomado con mucho recelo el papel de las fuerzas armadas reflejado en el artículo 8. Y significativo es que el partido que fundara el Presidente de la República Manuel Azaña -Izquierda Republicana- fuera postergado de tal manera que sólo fue legalizado tras las primeras elecciones, mientras que los fascistas de Blas Piñar sí pudieron presentarse a aquellos comicios del año 1977. También suele olvidarse que la designación del monarca fue realizada por el propio Franco, quien interiormente lo veía como un sucesor suyo en el régimen impuesto por él tras la guerra civil. Por lo tanto, en ningún caso la monarquía fue instaurada en España por iniciativa popular. Desde el punto de vista de las Ciencias Políticas, tenemos que las características principales del sistema republicano son: 4. El presidente no tiene los poderes residuales en la misma forma que los reyes en las monarquías, ya que las atribuciones de los presidentes están taxativamente señaladas en la constitución y, cuando la constitución no dice nada, no puede presumirse que el presidente lo pueda todo, a diferencia del monarca, que tiene unos poderes residuales y una presunción de competencia. Afortunadamente, en España se está viviendo en los últimos años un auge del republicanismo como forma de profundizar en la democracia, algo que queda patente en la cantidad de banderas tricolores de la que suelen ondear en las manifestaciones. El surgimiento de plataformas ciudadanas a favor de la República o la revitalización de organizaciones políticas republicanas -como es el caso de Izquierda Republicana, partido que fundara Manuel Azaña allá por 1934-, son también buenas muestras de ello. Por último, hay que recordar que de los actuales veinticinco miembros de la Unión Europea tan sólo siete de ellos mantienen a la monarquía como forma de gobierno: Reino Unido, España, Holanda, Bélgica, Luxemburgo, Dinamarca y Suecia LQSomos. Carlos D. Ruiz. Diciembre de 2007 |