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Argentina-Uruguay, paren las papeleras Un
hombre se levanta
La movilización social comenzó en el sur de Entre Ríos como defensa ante la instalación de las dos mega plantas de celulosas en Fray Bentos, República Oriental del Uruguay. Fue por esto que, para enfrentar la amenaza que representaba para la vida, para el ecosistema, por la instalación de industrias papelas sobre la margen oriental del río Uruguay, que los habitantes de Colón, Concordia y Gualeguaychú, se dieron la forma organizativa de Asambleas Populares para analizar la situación y definir los pasos a seguir. La decisión fue convocar a un corte el
puente internacional General San Martín, que une la ciudad entrerriana
de Gualeguaychú y la uruguaya de Fray Bentos, en el marco de
una masiva protesta contra la instalación de plantas papeleras.
Aproximadamente cuarenta mil personas cortaron el puente. El 15 de Agosto
del 2005, integrantes de la Asamblea Ambiental Ciudadana de Gualeguaychú
cortaron el tránsito en la ruta nacional 136 que conduce al puente
internacional General San Martín en rechazo a la instalación
de las plantas de celulosa en Fray Bentos. . Posteriormente se llevó
a cabo el conocido como "Grito Blanco" en que unos 15.000
estudiantes primarios y secundarios de Gualeguaychú se concentraron
en la costanera de la ciudad para manifestar su rechazo a la instalación
de las plantas de pasta de celulosa en Fray Bentos, frente a la ciudad
entrerriana. Los intereses difusos son, en realidad intereses concretos A los intereses difusos se los puede definir como
"aquellos que no son de uno o varios, sino de todos los que conviven
en un medio determinado, enmarcando verdaderos intereses de la sociedad.":
Se caracterizan por : 2) Referencia a un bien indivisible, con el que se hallarían en una especie de comunión tipificada, por el hecho que la satisfacción de todos, así como la lesión de uno solo, constituye ipso facto lesión a la entera colectividad" (2) El artículo 43 de la Constitución de la Nación Argentina, agregado cuando se realizó la última reforma constitucional en el año 1994, incluye Nuevos Derechos y Garantías, entre los que se encuentra lo que se conoce como "Amparo Colectivo" que permite: "interponer esta acción contra cualquier forma de discriminación y en lo relativo a los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, así como a los derechos de incidencia colectiva en general, el afectado, el defensor del pueblo y las asociaciones que propendan a esos fines" Cuándo se podrá suscitar el ejercicio del amparo? Cuando existan derechos afectados o restringidos y los sujetos legitimados para su interposición. En consonancia con los derechos consagrados en los nuevos artículos 41 y 42, amplía el ámbito de esta garantía para que sea utilizada en la defensa de los derechos del medio ambiente y del consumidor. Son estos los llamados derechos de tercera generación o de incidencia colectiva . Detrás de esta categoría de derechos subyace una gama variada de intereses difusos, cuya violación afecta a la ciudadanía en su conjunto o por lo menos a una importante porción de ella, sin desconocer la posibilidad de que existan afectados particulares de resultas de haber sufrido un daño directo en sus personas o en sus patrimonios. Lo que se persigue es la protección de intereses difusos, es decir de aquellos intereses que no se sitúan en cabeza de un sujeto determinado, sino que se encuentran difundidos o diseminados entre todos los integrantes de una comunidad, o inclusive de varias. La cuestión de la legitimación activa ha sido tratada y ha evolucionado, sobre todo, en relación con la defensa del derecho a un ambiente sano. Dado el problema de relación entre hombre y su entorno vital y las regulaciones tendientes a disciplinar las conductas en orden al uso racional de los recursos humanos y a la preservación del medio ambiente con el propósito fundamental de asegurar una calidad de vida sana y equilibrada y, a la vez, mantener un desarrollo sostenible que garantice iguales condiciones para las futuras generaciones. La defensa muchas veces debe concretarse antes de producirse la lesión, o sea ante la amenaza que puede provocar un proyecto o una obra o un uso a darle a un recurso, la acción preventiva que se adelante al acaecimiento de los hechos de manera de evitar la producción de daños. En estos intereses no están en cabeza de un sujeto determinado, sino que se encuentran diseminados entre todos los integrantes de la comunidad. Además los afectados no se encuentran relacionados por un vínculo previo y concertado. De todos modos queda en pie la necesidad de protección debida a los intereses cuando ha habido perjuicio. Se parte en un interés colectivo y supraindividual, ello constituye la faz subjetiva de la cuestión. Es decir que si bien no se puede demostrar un perjuicio personal o actual, de todos modos quien participa como damnificado actual o potencial, tiene derecho a recurrir a la justicia. (3) Para sus cercanos, Juan Ramón Silva falleció por emanaciones de la celulosa. Otros aseguran que se lo llevó la tristeza. Luchó incansablemente contra lo que él creía una amenaza latente. Registró más de 400 casos de personas enfermas por la exposición a tóxicos de la empresa del grupo Angelini. Pero no fue escuchado. Hoy, cien de estas fichas médicas son la punta de lanza de una nueva polémica.(4) La Asamblea Ciudadana ambiental de Gualeguaychú (ver: www.noalapapelera.com.ar convocan a todos los que se quieran sumar a la lucha por el ambiente sano, a todos aquellos que piensen que la tierra no es una herencia de nuestros padres sino un préstamo de nuestros hijos, a todos los que estén convencidos de que la economía es una ciencia social al servicio del hombre y no al revés, a todos los que quieran defender la salud, la alimentación, la vida de generaciones futuras. A todos.
(1) Silvio
Rodríguez: Un hombre se levanta. |
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La Calle
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| Año V. / | |||||